Los expedientes de nacionalidad ya no se tramitarán en el Registro Civil
Desde el sábado 1 de julio de 2017, los Registros Civiles ya no tramitarán más expedientes de nacionalidad.
A partir de esta fecha, sólo se tramitarán por vía electrónica, una medida que se recoge en la Ley de 2015 de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.
Además del coste del examen, el procedimiento estará sujeto al pago de una tasa de 100 euros. Las razones de esta reforma, según el Ministerio de Justicia, están ligadas a la necesidad de agilizar el proceso y reducir su dificultad, así como mejorar la seguridad jurídica. Es por ello que a partir de ahora podrá solicitarse desde cualquier lugar que disponga de acceso a Internet, sin tener que solicitar cita previa.
LAS RAZONES DETRÁS DE ESTA REFORMA DEL PROCEDIMIENTO
El Ministerio de Justicia afirma que el procedimiento anterior de expedientes de nacionalidad producía un retraso y una carga considerable para los Registros Civiles. A partir del 1 de julio, el ciudadano que desee tramitar su expediente de nacionalidad ya no tendrá que hacer colas ni esperas en el Registro Civil.
Con tan sólo acceder a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la documentación necesaria podrán solicitar su expediente. Ahora bien, obviamente para tener acceso a esta Sede Electrónica es necesario poseer un certificado electrónico.
CAMBIA TAMBIÉN EL “EXAMEN” PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
En el procedimiento anterior a esta reforma, el encargado del Registro Civil debía oír al interesado en trámite de audiencia durante la tramitación de la fase previa del expediente. En función del grado de integración del interesado en la sociedad española, establecía una calificación. No obstante, no existía en absoluto ningún criterio objetivo que guiase a los encargados del Registro Civil a la hora de establecer esta calificación, por lo que el procedimiento carecía de la seguridad jurídica suficiente.
En el nuevo procedimiento, se realizará una prueba de idioma DELE y de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España, que serán administradas por el Instituto Cervantes. Todo ello, bajo las directrices del MERC (Marco común europeo de referencia para las lenguas). Se pondrá a disposición de los candidatos diversos materiales para que puedan estudiar el contenido de las pruebas.
La prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España tiene una primera parte de calificación automática (examen tipo test), y posteriormente la Dirección Académica del Instituto Cervantes analizará los datos obtenidos. Aquellos candidatos que no superen la primera convocatoria del examen con al menos un 60% de las preguntas contestadas de manera correcta tendrán derecho a realizar una segunda prueba sin coste adicional.
Según datos oficiales de la Administración de Justicia, a fecha de enero de 2017 un total de 112.185 ciudadanos extranjeros ya se han presentado como candidatos para la realización de esta prueba.