Dirección: Isla mallorca, s/n – Ciudad de la Justicia
Código postal: 14071
Municipio: Córdoba
Provincia: Córdoba
Teléfono: 957 745 031
Fax: 957 002 710
Correo electrónico: registrocivil.cordoba@justicia.es
Cómo llegar al Registro Civil Córdoba.
Puedes llegar al Registro Civil Córdoba en Autobús.
Líneas de Autobús: 03, 09
Parada de Bus más cercana al Registro Civil de Córdoba.
Isla mallorca (Juzgados) D.C, Parada 329 ( 2 minutos caminando)
Isla mallorca (Juzgados), Parada 450 (3 minutos caminando)
Por norma general, el horario de atención al público es de nueve de la mañana a dos de la tarde, de lunes a viernes.
Los testimonios emitidos por el Registro Civil de Córdoba, entidad pública dependiente del Ministerio de Justicia, son pruebas fehacientes de los hechos registrados. El Registro Civil de Córdoba tiene por objeto la acreditación oficial de los hechos que acontecen a las personas, tales como actos relativos a la nacionalidad, nombre, inscripción del nacimiento, el matrimonio, la defunción, filiación, sexo o nacionalidad. Emite certificados de nacimiento, de matrimonio y certificados de defunción, certificados de fe de vida, corrige errores, traslada expedientes, etc.
Hay trámites que obligatoriamente hay que dirigirse al Registro Civil para realizarlos, otros no, es el caso por ejemplo para obtener el certificado de nacimiento, el certificado de matrimonio o el certificado de defunción, estos se pueden solicitar online.
Igualmente si necesita el certificado de actos de última voluntad o el certificado de cobertura de seguros por fallecimiento, también los puede obtener, nosotros nos encargamos, solo tiene que pinchar en el enlace, rellenar un formulario con los datos necesarios y el certificado o certificados se los entregará un mensajero en su domicilio.
Nota. También se podrá apostillar cualquiera de esos certificados, cuando el trámite lo necesite para realizar gestiones en el extranjero.
Pedir certificado de nacimiento
Pedir certificado de matrimonio
Pedir certificado de defunción
Pedir un certificado de últimas voluntades
Pedir certificado de seguros de cobertura por fallecimiento
Hay otros trámites que sí hay que acudir en persona al Registro Civil de Córdoba para poder realizarlos, normalmente hay que solicitar cita previa, para eso, el Gobierno Andaluz de la Junta de Andalucía, pone a disposición de los usuarios un portal online para este fin.
Una vez dentro del portal, deberá elegir el Registro Civil, en este caso Córdoba, a continuación se le abrirá un desplegable con los trámites, de entre los cuales usted deberá elegir uno. Los trámites son los siguientes:
Una vez que ya haya elegido el trámite que desea realizar, le aparecerá otra pantalla con un formulario donde tendrá que aportar sus datos personales, tales como nombre y apellidos, documento de identidad o pasaporte, teléfono y correo electrónico. Una vez relleno, ya podrá seleccionar el día que más le interese.
Para más información sobre los temas tratados anteriormente, puede dirigirse a la siguiente web de la Junta de Andalucía
Nota. Todos estos datos, son meramente informativos, para comprobar que están actualizados, por favor, diríjase a los enlaces que antes le hemos proporcionado o llame directamente al Registro Civil de Córdoba.
Hay varias formas de pedir el certificado de nacimiento, el de matrimonio o el de defunción: Presencialmente, por correo postal o de forma online a través de la Página de Ministerio, o de forma online, pero a través de nuestra plataforma. A continuación se lo explicamos:
Presencialmente. Acudiendo personalmente al Registro Civil o Juzgado Paz, se diría que es la forma más directa y efectiva, pero tiene el inconveniente que tiene que desplazarse, normalmente deberá pedir cita antes y en algunos casos después de acudir, el funcionario le puede decir que el trámite lo tiene que solicitar de forma online, o justificar una urgencia para que le den el certificado.
Por correo postal. Enviando una carta a la oficina del Registro Civil en la que se indique el nombre del solicitante y el número del documento de identidad, así como el nombre y apellidos de la persona inscrita en el Registro, así como la fecha del hecho. Este servicio es el menos efectivo puesto que no tendremos justificante de que la carta llegue a la oficina de ese Registro Civil o Juzgado de Paz y aunque en teoría este es un método válido, luego depende de cada encargado de esa Oficina, que es el que determina el método por el cual se le debe a portar los datos para la obtención de unos de esos certificados.
Por internet. Se puede solicitar en el portal del Ministerio de Justicia. No obstante, hay que tener en cuenta que el documento a solicitar en muchos de los supuestos la fecha del hecho debe de ser posterior al año 1950 y no todos los Registros Civiles y Juzgados de Paz en España tienen los datos digitalizados y por lo tanto, solamente una pequeña parte de los Registros Civiles y sobre todo los Juzgados de Paz, están disponibles para contactar con ellos a través del desplegable de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Por último, y no menos importante, la información ha de ser lo más completa posible y sin errores y siempre tendrá que disponer del certificado digital y tener su ordenador preparado técnicamente para realizar estos trámites.
A través de nuestro servicio online https://www.registrocivilcertificados.online/ no se tienen que preocupar de nada de lo dicho en los casos anteriores, puesto que si el trámite lo realizamos nosotros, nada de esto es necesario.
En consecuencia, aunque a priori parece un trámite sencillo, contactar con el Registro Civil puede resultar tedioso y muchas veces hasta frustrante.
Por eso, desde este portal le asesoramos en materia de Registros Civiles y podemos gestionar y realizar algunos trámites en su nombre ante cualquier Registro Civil o Juzgado de Paz de España, sin que tenga que desplazarse o hacer cola y si los datos están informatizados o no, nosotros nos ocupamos en todos los supuestos.
Tampoco hace falta que disponga de su certificado digital. Para ello solo tiene que rellenar el formulario de nuestra página web y seguir los pasos que se le indica, es muy sencillo. El certificado se le hará llegar a su domicilio por mensajero.
Están inscritos en el Registro Civil de Córdoba los siguientes actos:
Los trámites de los que se suelen encargar los Registros Civiles y los Juzgados de Paz, en este caso, el Registro Civil de Córdoba, son los siguientes:
Expediente de matrimonio Civil o de Capacidad Matrimonial
Inscripciones de Matrimonios Evangélicos
Inscripciones de Matrimonios Islámicos
Inscripción de matrimonio en el Registro Civil Central
Inscribir un Matrimonio Consular
Inscripción de Matrimonio Canónico celebrado en el ayuntamiento o ante notario.
Capitulaciones matrimoniales
Emisión de certificados. Certificados de Nacimiento, Matrimonio y Defunción.
Emancipaciones
Reconocimiento paterno
Rectificación de sexo y/o de nombre
Certificado de Fe de Vida y Estado Civil
Nacionalidad. Lo que se refiere a:
Conservación y recuperación de la Nacionalidad española
Juramento de la Nacionalidad
Nacionalidad española por simple presunción
Opción de Nacionalidad
Opción de Nacionalidad (Ley de memoria democrática)
Convenio de Nacionalidad entre España y Guatemala
Libro de familia
Traslado de inscripciones
Adopciones internacionales
El certificado de nacimiento es un documento oficial expedido por el funcionario del Registro Civil o por el encargado Consular. Aporta información de los hechos registrales que constan en esa oficina, como es el nombre del nacido, hora y fecha del nacimiento, el sexo, nombre de los padres, su filiación y municipio donde se produjo el alumbramiento. Esos datos serían aportados por los familiares del inscrito o por las entidades públicas que tengan obligación de hacerlo.
El certificado de nacimiento también puede contener notas marginales haciendo referencia al matrimonio, capacidad, defunción etc.
Un certificado de matrimonio es un documento legal que acredita que dos personas han contraído matrimonio, todos los datos referentes al enlace son inscritos por el encargado de la Oficina del Registro Civil donde ha tenido lugar la ceremonia. Suele contener información como los nombres de los contrayentes, el lugar y fecha de matrimonio, el nombre de los testigos etc. Igual que el certificado de nacimiento, en el de matrimonio se van apuntando en notas marginales las circunstancias que el de venir de los acontecimientos pueda sufrir cambios en la relación matrimonial, como puede ser las capitulaciones matrimoniales o el propio divorcio, etc.
Un certificado de defunción es un documento oficial que certifica la muerte de una persona, informa de los datos personales del difunto, fecha y lugar del fallecimiento entre otros datos.
El fallecimiento puede deberse a las siguientes causas y a las circunstancias que determina el lugar del fallecimiento:
La inscripción de la defunción en el Registro Civil debe de realizarse por el centro sanitario donde ha tenido lugar el fallecimiento.
Si el fallecimiento ha sido fuera de estas instalaciones, pero la certificación de la muerte ha sido ratificada por un profesional de la medicina, será este que inicie el proceso de inscripción en el Registro Civil y emitirá el correspondiente certificado médico.
Por último, si no se dan las dos primeras circunstancias, es decir, que no ha sido atendido el difunto en la hora del fallecimiento por ningún profesional, será el familiar más cercano el que tiene obligación de iniciar los trámites para esa inscripción en el Registro Civil.
La declaración de defunción se presenta al Registro Civil con un certificado médico de fallecimiento o una orden judicial de inscripción.
El Registro Civil sí dará publicidad del certificado de defunción pero no el del certificado médico. Solo se atenderá la petición de la emisión del certificado médico a los familiares más directos.
La declaración de defunción se presenta ante Registro Civil con un certificado médico de fallecimiento o una orden judicial de inscripción, y además, los siguientes datos:
Entre muchas de las gestiones que debemos realizar cuando una persona de nuestra familia fallece, está también la de obtener el Certificado de Actos de última Voluntad y el Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.
Es el documento necesario para conocer si el fallecido ha dejado testamento o no y en la notaría donde está. Si el difunto sí ha dejado hecho testamento en vida, los herederos podrán pedir una copia para posteriormente realizar cualquier acto sucesorio. Si el difunto no hubiese dejado testamento, el certificado así lo expresará.
El trámite para la obtención del certificado de actos de última voluntad se puede obtener a través de internet siempre que la fecha del fallecimiento sea posterior al 2 de abril de 2009 y la inscripción de la defunción no esté en un Juzgado de Paz. Si no se cumple alguno de estos dos requisitos la gestión hay que realizarla presencialmente o por correo ordinario.
El certificado de actos de última voluntad no se podrá solicitar hasta pasados 15 días hábiles desde el día del fallecimiento.
El certificado de contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, es el documento acreditativo donde se muestra los contratos vigentes de seguros que la persona fallecida tuviese contratados y en que compañías.
La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Si no tuviese ningún seguro, el certificado así lo ratificaría.
La Apostilla de la Haya, es un sello que coloca el Organismo correspondiente en algunos de los certificados antes mencionados y que certifica solo la autenticidad de la firma o el sello de ese documento.
Es preciso Apostillar estos documentos, cuando así lo requiera el Organismo competente del País, fuera de España, donde tenga que realizar cualquier trámite.
En el caso de los certificados a los que ya nos hemos referido anteriormente, el sello de la Apostilla, lo que certifica, es que la firma de la persona que ha plasmado su firma en ese documento, el encargado de ese Registro Civil o Juzgado de Paz, es el autorizado por el Ministerio de Justicia.
Nota: (Con ese sello, no se valora o ratifica el contenido del documento)
El documento apostillado deberá tener validez en cualquiera de los países firmantes del llamado Convenio de la Haya y por tanto, surtirá efectos en todos ellos. En el siguiente enlace se podrá comprobar la actualización de los países firmantes que se ya se han adherido al convenio de la Haya.
El sello de la Apostilla de la Haya cuando se refiere a los certificados de nacimiento, matrimonio o defunción, lo plasma el Secretario de Gobierno del Tribunal de Justicia de la Comunidad Autónoma donde se haya producido el hecho.
Nota: Todos los datos expuestos son meramente informativos, para comprobar si están actualizados, diríjase al enlace que le proporcionamos, a los que usted considere o llame directamente al Registro Civil de Córdoba.
Ventajas de usar nuestro servicio para obtener su certificado ante el Registro Civil de Córdoba
Solicitud sencilla, rápida y sin tener que pasar largas colas ni esperas
Gracias a nuestro servicio de gestión de solicitud de certificados, usted sólo tiene que preocuparse de rellenar el formulario y enviarnos la documentación pertinente. Del resto, nos ocupamos nosotros.
Envío por mensajero
En cuanto tengamos su certificado en nuestro poder, se lo enviaremos por Mensajero urgente. Porque nuestro deseo es que consiga sus certificados del Registro Civil cuanto
antes y de la forma más eficiente. Le enviamos la documentación que nos solicite a cualquier país.
En cualquier parte del mundo
Tramitamos solicitudes de certificados ante los registros Civiles de España y ante cualquier consulado español en otro país.
Si lo necesita, incluimos la apostilla o la legalización de sus certificados
Si por cualquier razón necesita apostillar o legalizar sus certificados, sólo tiene que indicárnoslo.
Experiencia, seguridad y profesionalidad al alcance de un clic
Puede tener absoluta confianza en que realizaremos sus gestiones lo antes posible, y con todas las garantías.
Certificado de seguridad y encriptación web
Nuestra web dispone de un certificado SSL, con lo que la información siempre viaja encriptada. Máxima seguridad en sus datos.
Nuestro servicio de solicitud online de certificados en el Registro Civil de Córdoba
Nuestro servicio de gestión y tramitación de certificados online es independiente de cualquier administración pública. Con nuestra experiencia podemos hacer las gestiones necesarias para tramitar su solicitud de certificado de nacimiento, matrimonio o defunción en el Registro Civil de Córdoba.
Puede realizar personalmente esa gestión y no le cobrarán nada. Si no puede o no quiere desplazarse al Registro Civil o Juzgado de Paz correspondiente, no se preocupe, nosotros nos ocupamos de realizar el trámite por usted. Tampoco necesita instalar el certificado digital en su ordenador para realizar esa solicitud online, solo tiene que rellenar el formulario que ponemos a su disposición pinchando en el enlace de nacimiento, matrimonio o defunción, según el certificado que necesite.
Además, como servicios de valor añadido, podemos obtener la Apostilla para su certificado si lo necesita, para que surta efecto en otro país firmante del Convenio de La Haya, y legalizar su certificado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Si el nacimiento, matrimonio o defunción ha ocurrido en otro país y necesita su certificado, con nosotros puede obtenerlo y se lo enviamos a su domicilio siempre que el hecho haya sido registrado en cualquier Embajada o Consulado español en el extranjero o en el Registro Civil Central. Si ha nacido en España y reside en cualquier país extranjero y necesita su certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, se lo enviamos a cualquier parte del mundo