Servicio independiente de tramitación online de certificados de nacimiento, matrimonio y defunción ante el Registro Civil de Almería. Tramitamos certificados de hechos ocurridos en España y en el extranjero desde el año 1870, en cualquiera de los más de 8.000 registros civiles, ayuntamientos y juzgados de paz de España. Enviamos su partida a cualquier lugar del mundo por medios certificados. Evite desplazamientos, madrugones, colas y esperas. Puede usted hacer este trámite de forma gratuita acudiendo en persona al Registro. Aquí le facilitamos también la dirección y el horario de atención del Registro Civil de Almería.
Solicitud online del certificado de nacimiento, matrimonio o defunción Registro Civil de Almería
Ventajas de usar nuestro servicio para obtener su certificado ante el Registro Civil de Almería
Índice de contenidos
Los testimonios emitidos por el Registro Civil de Almería son prueba fehaciente de los hechos registrados. El Registro Civil de Almería tiene por objeto la acreditación oficial de los hechos y actos relativos a la nacionalidad, nombre, nacimiento, etc., acaecidos en la persona, defunción, filiación, sexo. o nacionalidad de Almería.
Si necesita solicitar un certificado en el Registro Civil de Almería, podemos hacerlo por usted, ahorrándole tiempo y molestias. En Registrocivilcertificados se realizan las gestiones necesarias para obtenerlo del Registro Civil. A través de nuestro servicio, puede solicitar certificados de defunción, matrimonio y nacimiento.
Tramites que puede hacer a distancia en el Registro Civil de Almería.
El Registro Civil de Almería está ubicado en: Ctra. de Ronda, 120, 04005 Almería, España
Está abierto al público de lunes a viernes desde las nueve de la mañana hasta las una de la tarde.
Si no puede o no desea ir en persona al Registro Civil, no tiene nada de qué preocuparse, a través de nuestro servicio independiente no es necesario solicitar CITA PREVIA.
Cita presencial Registro Civil de Almería
Suele ocurrir con frecuencia que el común de las personas prefieren gestionar sus cosas por medios alternativos, sin tener que ir personalmente a los organismos del estado, basta con visualizar los comentarios de estos en Google para entender las razones. Si se siente identificado con lo anterior, no hay nada de qué preocuparse.
Desde este portal web un equipo dedicado y especialista en trámites ante el Registro Civil de Almería estará facilitando todos los pasos para que desde la comodidad de su hogar u oficina pueda acceder a los certificados que requiera. Y a diferencia del Registro Civil, no tiene que pedir cita presencial, tiene nuestro portal a su disposición.
Más información sobre el registro civil y sus funciones
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¿Cuáles son los órganos del Registro Civil?
Institucionalmente el Registro Civil es único.
Conforme al artículo 10 de la Ley del Registro Civil, el Registro Civil está integrado por los Registros Municipales a cargo del Juez de 1ª Instancia, asistido del Secretario, por los Registros Consulares, a cargo de los Cónsules de España en el extranjero y por el Registro Civil Central.
Los Registros Civiles Municipales Principales son 431. De ellos 16 son exclusivos dedicados únicamente a tareas de Registro Civil. El resto se encuentra a cargo de un Juez de 1ª Instancia asistido por un secretario que realizan actividades registrales de forma parcial.
Los Juzgados de Paz, actuando asimismo como Registros Civiles Municipales Delegados. En la actualidad existen 7.667.
¿Cómo se organiza el Registro Civil?
El Registro Civil se divide en cuatro secciones:
¿Qué Registro es competente en cada caso?
Los nacimientos, matrimonios y defunciones han de inscribirse en el Registro del lugar en que ocurren. Si se desconoce dicho lugar, la inscripción de nacimiento o defunción se hará en el Registro correspondiente a aquel en que se encuentre el niño abandonado o el cadáver.
Para la inscripción de los nacimientos, matrimonios y defunciones ocurridos en el curso de un viaje será competente el del lugar en que se dé término al mismo. Si se tratare de fallecimiento, el del lugar donde haya de efectuarse el enterramiento o, en su defecto, el de primera arribada.
No obstante lo anterior, los nacimientos acaecidos en territorio español, cuando su inscripción se solicite dentro del plazo, podrán inscribirse en el Registro Civil Municipal correspondiente al domicilio del progenitor o progenitores legalmente conocidos.
La solicitud se formulará, de común acuerdo, por los representantes legales del nacido o, en su caso, por el único representante legal de éste, acompañándose a la petición la documentación reglamentariamente establecida para justificar el domicilio común de los padres o del solo progenitor conocido.
En las inscripciones de nacimiento extendidas como consecuencia de lo establecido en este apartado, se considerará a todos los efectos legales que el lugar del nacimiento del inscrito es el municipio en el que se haya practicado el asiento. Las certificaciones en extracto sólo harán mención de este término municipal.
También es competente el Registro Civil Municipal cuando se trate de la inscripción del nacimiento por adopción o adquisición de la nacionalidad española a que se refieren expresamente los apartados 3 y 4 del artículo 16 de la Ley del Registro Civil.
Fuente: Ministerio de Justicia https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/estado-civil/registro-civil
El Registro Civil es una institución que tiene por objeto publicar y colaborar en la verificación de los hechos y actividades que ocurren en la vida de las personas. Como tal, su competencia comprende las prácticas registrales de nacimientos, matrimonios civiles varios, defunciones y tutelas, así como otros representantes legales.
El Registro de Civil también inicia y tramita documentos para la ciudadanía española y la adopción internacional, inscribe nacimientos y defunciones tardías, tramita cambios de nombre o apellido y corrige errores, obtiene presunciones simples, dona para trasplante, autoriza órganos vivos, inscribe defunciones, emite biografías, solterías , viudedad y acta de defunción.
¿Qué se inscribe en el registro civil?
Están inscritos en el Registro Civil:
¿Qué documentos expide la oficina del Registro?
Pedir certificado de nacimiento online
Puede solicitar un certificado de nacimiento en el Registro Civil de Almería, siempre que el hecho esté inscrito en el registro mencionado anteriormente.
Más información acerca del certificado de nacimiento
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Sobre la inscripción de nacimiento en el Registro Civil
¿Dónde tengo que presentar la declaración de nacimiento?
Con carácter general, en el Registro Civil del lugar en que se produzca el nacimiento.
Se puede inscribir en el Registro Civil del domicilio común de los padres presentando certificado de empadronamiento.
Supuestos especiales:
Será Registro competente para la inscripción de los nacimientos ocurridos en el curso de un viaje, el del lugar en que se dé término al mismo (Registro Civil del lugar en que ocurren).
No obstante, los nacimientos que tengan lugar en territorio español, cuando su inscripción se solicite dentro del plazo, podrán inscribirse en el Registro Civil correspondiente al domicilio del progenitor o progenitores legalmente conocidos.
En el Registro Civil Central, en los siguientes supuestos:
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la inscripción?
El plazo para inscribir el nacimiento va desde las 24 horas desde el momento en que éste se produce a 8 días, transcurridos los cuales y hasta 30 días naturales se deberá acreditar justa causa que constará en la inscripción. Pasado dicho plazo, es necesario tramitar expediente de inscripción de nacimiento fuera de plazo ante el Encargado del Registro Civil correspondiente.
Los plazos hay que entenderlos en días naturales
También pueden practicarse las inscripciones de nacimiento, sin necesidad de dicho expediente, por certificación de asientos extendidos en Registros extranjeros siempre que no haya duda de la realidad del hecho inscrito y de su legalidad conforme a la ley española
Fuente: Gobierno de la Rioja https://www.larioja.org/registro-civil/es
¿Qué es un certificado de nacimiento?
Un certificado de nacimiento, también llamado partida o acta de nacimiento, es un documento oficial emitido por el Registro Civil que certifica el nacimiento de una persona en el territorio del país, contiene datos sobre el nacimiento del recién nacido, lugar, fecha y hora, así como el género del recién nacido, nombres de los padres etc.
Existen dos tipos de certificados de nacimiento que se puede solicitar: positivo y negativo.
Entre los certificados positivos encontramos el certificado literal y en extracto. Estos se dividen en ordinario, bilingüe y certificado plurilingüe o también llamado certificado internacional.
1.- Positivo
2.- Negativo. Acredita que la persona que solicita este certificado no está inscrita en el Registro Civil ni en el juzgado de Paz local.
¿Cómo solicitar los diferentes tipos de actas de nacimiento?
Pedir certificado de matrimonio online
Cualquier persona que haya contraído matrimonio eclesiástico o civil en Almería puede solicitar un certificado de matrimonio en el Registro Civil de Almería, siempre que el matrimonio esté inscrito en este Registro.
Más información sobre certificados de matrimonio
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El matrimonio Civil ¿Quién puede solicitarlo/presentarlo?
Quienes deseen contraer matrimonio civil deberán acreditar previamente, mediante la tramitación de un expediente conforme a la legislación del Registro Civil, que reúnen los requisitos de capacidad establecidos por la ley, así como que no concurre ninguno de los impedimentos legales que establece el Código Civil.
La capacidad depende de las situaciones personales de cada uno
Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas, se exigirá dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento.
El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo.
Firme el auto favorable a la celebración, se llevará a cabo ésta, en cuanto lo permitan las necesidades del servicio.
La presentación de los documentos en el Registro Civil la puede hacer cualquier persona, siempre que los documentos necesarios -solicitud, declaración de estado civil- estén firmados por ambos contrayentes.
¿Qué documentación tengo que presentar?
¿Qué documentos necesito para contraer matrimonio Civil?
Los dos contrayentes en todos los casos:
Para el supuesto excepcional de no haber estado empadronado, deberán acreditarlo con los siguientes documentos en el que conste nombre y dirección del contrayente y período de residencia que se acredita:
Además deberán traer según sea su caso
Españoles
Extranjeros
Certificado de capacidad matrimonial o certificado de soltería, según lo que establezca la ley de su país.
Y además
Toda la documentación, sea cual sea, que esté en legua extranjera, debe ser acompañada por una TRADUCCIÓN realizada por traductor jurado.
Fuente: Gobierno de la Rioja https://www.larioja.org/registro-civil/es
¿Qué es un certificado de matrimonio o también llamado partida o acta de matrimonio?
Un certificado de matrimonio es un documento emitido por el responsable de la oficina de Registro, el cual certifica el acto del matrimonio, la fecha, hora y lugar de la unión.
Existen los siguientes tipos de certificados de matrimonio: certificado positivo o negativo.
1.- Certificado positivo (dentro de los positivos se dividen en Extractos o en literales)
Extracto: Es un resumen de la información que consta en el Registro Civil sobre la celebración de la boda y la identidad de los contrayentes. Puede ser de diferentes tipos:
Dentro de los certificados en extracto se dividen en: Ordinarios, plurilingües y Bilingüe
Puede solicitar un certificado de matrimonio plurilingüe de matrimonio indicando en la solicitud qué tipo de certificado necesita y en qué país se realizará el trámite.
2.- Certificado negativo. Esto prueba que el matrimonio no fue inscrito en el registro civil correspondiente, pero no significa que el matrimonio no exista.
¿Cómo solicitar un certificado de matrimonio?
Pedir certificado de defunción online
Los fallecidos en Almería como en otros lugares tienen un rastro civil de su historia, no obstante, para su pleno reconocimiento, es necesario inscribirse en el Registro Civil. Puede suceder que necesite pedir un certificado de Última Voluntades de una persona fallecida.
En este caso, puede solicitar un certificado de defunción en el Registro Civil de Almería, para poder tener todos los datos necesarios para realizar el trámite de Última Voluntad.
Más información acerca del certificado de defunción
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Inscripción de defunción ocurrida en territorio español
Para solicitar la inscripción de la defunción es preciso conocer cuál es el Registro Civil competente para realizarla.
Se considera competente al Registro Civil del lugar donde haya ocurrido el fallecimiento, con algunas excepciones y reglas especiales:
Sin perjuicio de las reglas de competencia para practicar las inscripciones, en determinados casos como el fallecimiento en curso de un viaje, puede trasladarse la inscripción al Registro Civil del domicilio del difunto, a solicitud de sus herederos.
¿Cómo?
Requisitos de la inscripción
La inscripción se practica en virtud de declaración de quien tenga conocimiento de la muerte.
Será necesaria certificación médica de la existencia de señales inequívocas de muerte para proceder a la inscripción de defunción.
Si se desconoce la identidad del fallecido, se suplirá la inscripción por nombres o apodos, edad aparente y de no poderse expresar la hora, fecha o lugar de fallecimiento, indicándose los límites máximo y mínimo del tiempo en que ocurrió.
Contenido de la inscripción de defunción
La declaración del fallecimiento se realiza ante el Registro Civil, aportando el certificado médico de defunción u orden judicial de inscripción en el formulario gratuito de suministro obligatorio por el Registro, en el que han de cumplimentarse los siguientes datos:
¿Cómo presentarla?
De manera Presencial
Documentación necesaria
(Estos documentos están recogidos a efectos meramente informativos, pudiendo, en el momento de la calificación, ser requeridos cuantos datos oportunos estimare el Magistrado Juez Encargado, a quien corresponde la calificación registral o al Secretario del Registro en la tramitación de los expedientes en los que interviniere)
¿Quién debe hacerla?
Están obligados a promover la inscripción:
Con carácter general:
Los parientes más próximos del difunto (consanguíneos hasta el cuarto grado y a los afines hasta el segundo: padres, abuelos, hijos, nietos, hermanos, tíos, primos y cuñados)o, en su defecto, los vecinos.
Se considera facultada para promover la inscripción cualquier persona que tenga conocimiento de la muerte.
Suelen ser los agentes funerarios, en representación de la familia, los que se encargan de realizar estos trámites ante el Registro Civil
Supuestos especiales:
Si el fallecimiento ocurre fuera de su domicilio, están obligados a promover la inscripción del fallecimiento: los parientes, el jefe del establecimiento o lugar en que hubiere ocurrido el fallecimiento.
Además, el facultativo que haya asistido al difunto en su última enfermedad, o cualquier otro que reconozca el cadáver deberá enviar inmediatamente al Registro Civil el parte de defunción, en el que, además del nombre, apellidos, carácter y número de colegiación del que lo suscribe, constará que existen señales inequívocas de muerte, haciendo constar su causa y, con la precisión que la inscripción requiere, fecha, hora y lugar del fallecimiento y menciones de identidad del difunto, indicando si es conocido de ciencia propia o acreditada y, en este supuesto, documentos oficiales examinados o menciones de identidad de persona que afirme los datos, la cual también firmará el parte.
Si hubiere indicios de muerte violenta se comunicará urgente y especialmente al Encargado.
La inscripción puede practicarse, en todo caso, por sentencia u orden judicial que declare el fallecimiento.
¿Cuándo?
El Reglamento de Registro Civil obliga a que la declaración, la práctica de comprobaciones y la inscripción de la defunción se lleven a cabo dentro de las veinticuatro horas siguientes al fallecimiento, debiendo practicarse antes del enterramiento.
En tanto no se practique la inscripción, no se expedirá la licencia para el entierro.
La inscripción de defunción se considera legalmente urgente y son hábiles todos los días y horas del año para practicarla. Si la oficina del Registro Civil estuviera cerrada, se acudirá al Juzgado de Guardia de la localidad.
Fuente: Gobierno de la Rioja https://www.larioja.org/registro-civil/es
¿Qué es un certificado de defunción o también llamado acta de defunción?
Un certificado de defunción es un documento oficial que certifica la muerte de una persona, la fecha y el lugar del fallecimiento.
Contenido del registro de defunción
La declaración de defunción se presenta al Registro Civil con un certificado médico de fallecimiento o una orden judicial de inscripción.
Existen diferentes tipos de certificados:
1.- Certificado positivo. Dentro de los positivos se dividen en Extracto o en certificados de defunción literales
Extracto: Es un resumen de la información relativa a la defunción que consta en el Registro Civil. Puede ser de diferentes tipos:
2.- Certificado negativo. Certifican que la muerte de la persona no ha sido registrada en el Registro Civil de esa población.
¿Cómo solicitar un certificado de defunción?
Pedir certificado de Últimas Voluntades online
¿Qué es el certificado de Últimas Voluntades?
Un certificado de últimas voluntades, emitido por el Organismo correspondiente, permite saber si alguien ha dejado testamento y el notario donde se encuentra el mismo. Requiere el Formulario 790, tarifas y un certificado de defunción literal para procesar.
Puede Solicitar un certificado de últimas voluntades utilizando nuestro servicio de gestión documental.
Tenga en cuenta que si quiere dirigirse al Registro Civil de Almería puede que necesite pedir cita previa. Si lo que quiere es obtener el certificado de nacimiento, el de matrimonio o el de defunción sepa que puede realizar estos trámites desde este portal.
Para contactar con el Registro Civil de Almería se puede hacer de las siguientes formas:
Así, mientras que el extracto del certificado de nacimiento es un documento que contiene un pequeño resumen de los datos más importantes que contiene el certificado de nacimiento original, el certificado literal de nacimiento sí que se trata de una copia exacta de todos los datos que podemos encontrar en el documento original.
Si quieres pedir un certificado de nacimiento literal tendrás que encontrar el Registro Civil en el que fue inscrito originalmente el nacimiento, desplazarte hasta allí o pedirlo por correo ordinario.
Sin embargo, todos estos trámites pueden simplificarse muchísimo, ahorrando tiempo y dinero, si confías en nuestro servicio de tramitación de certificados.
No tienes más que acudir a nuestra sección y elegir el “certificado” que necesitas, rellenar el formulario que te ofrecemos con todos los datos que puedas reunir y especificarnos para qué trámite lo necesitas. Nuestro equipo se encargará de todo.
En cuanto terminemos los trámites pertinentes y lo obtengamos, se lo enviaremos por correo vía Mensajero, forma de envío mucho más rápida y segura que el correo ordinario, lo antes posible. Con garantía de profesionalidad, confidencialidad y compromiso.
Para obtener un certificado de nacimiento de cualquier Registro Civil o Juzgado de Paz, simplemente complete el formulario que le proporcionamos en esta web, aporte la información básica como es el nombre de la persona para la que solicita el certificado, fecha y lugar de nacimiento, o en la localidad donde se inscribió. Por último es necesario el nombre del solicitante y la dirección a la que desea que se le envíe el documento.
No son idénticos. Un certificado literal es una copia exacta de los datos que tiene de nosotros el Registro Civil o Juzgado de Paz, mientras que un certificado de nacimiento plurilingüe es uno de los llamados certificados en extracto. Como su nombre indica, es un resumen de estos datos.
Los certificados plurilingües han sido traducidos a todos los idiomas de los países que han firmado la Convención de Viena, siendo necesarios en caso de realizar determinadas gestiones en uno de estos países.
El procedimiento de Apostilla consiste en colocar una anotación en un documento público o su extensión para certificar la autenticidad de una firma en un documento público emitido por un país firmante del duodécimo Convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961, por el cual se establece los requisitos válidos para determinar la autenticidad de los documentos oficiales extranjeros.
Si la gestión que necesita realizar es en el territorio nacional, no, solo será necesario apostillar ese documento si va dirigido hacia un país extranjero firmante del Convenio de la Haya. Para cualquier país de estos, le validarán ese documento y no tendrá que legalizar el certificado.
Los certificado de matrimonio, defunción y los de nacimiento tienen una validez de 3 meses, solo los certificados nacimiento expedidos con la finalidad para la obtención del DNI por primera vez, tendrán una validez de 6 meses.
De hecho, un matrimonio civil o católico requiere un certificado literal de matrimonio.
Antes de la boda, existe un procedimiento por el cual los futuros cónyuges certifican en documentos redactados de acuerdo con la legislación estatal del Registro Civil que cumplen con los requisitos de capacidad matrimonial establecidos en el Código Civil.
Un caso de matrimonio civil siempre debe presentarse en el Registro Civil del lugar de residencia de uno o ambos de los futuros cónyuges o en el municipio del lugar de residencia permanente. Si viven en diferentes ciudades, pueden elegir la que más les convenga. Es muy importante que al menos una de las dos partes contratantes esté registrada localmente.
Ambos cónyuges acudirán al Registro Civil acompañados de testigos competentes (conocidos o parientes de los cónyuges) y presentarán los siguientes documentos:
Documentos específicos:
Además de los documentos anteriores, debe presentar (si corresponde):
Una pareja de hecho es una unión de coexistencia estable entre dos personas que no están unidas por matrimonio.
Una forma de acreditar estas uniones es registrarse en el Registro de Parejas de Hecho.
Esta información la proporcionan las comunidades autónomas, y normalmente los ayuntamientos. No existen leyes nacionales de asociación a nivel nacional.
Las parejas deben acudir a la comunidad autónoma donde viven o al ayuntamiento donde están empadronados. Algunas ciudades en realidad no tienen un Registro de Uniones de Hecho, por lo que solo pueden ir a la Comunidad Autónoma donde viven.
En general, los registros autonómicos y locales de uniones civiles son compatibles, es decir, una pareja puede estar inscrita tanto en los registros autonómicos como locales si la ciudad pertenece a la comunidad autónoma. No es posible inscribirse en dos padrones autonómicos distintos, ni en dos padrones municipales distintos.
Cuando los bancos conocen el fallecimiento de uno de los titulares de una cuenta, suelen proceder a bloquearla hasta que los herederos acrediten su legitimación para disponer del dinero o productos bancarios (acciones, bonos, etc.) que hubiera en ella. Por lo tanto, necesitará para retirar el dinero o cancelarla la siguiente documentación.
No. En los certificados de defunción que expiden los Registros Civiles no constan las causas de fallecimiento. Lo que sí que se puede, es solicitar en el Registro Civil un legajo de la defunción, en el que constará una fotocopia del certificado médico donde consten las causas de fallecimiento.
Ventajas de usar nuestro servicio para obtener su certificado ante el Registro Civil de Almería
Solicitud sencilla, rápida y sin tener que pasar largas colas ni esperas
Gracias a nuestro servicio de gestión de solicitud de certificados, usted sólo tiene que preocuparse de rellenar el formulario y enviarnos la documentación pertinente. Del resto, nos ocupamos nosotros.
Envío por mensajero
En cuanto tengamos su certificado en nuestro poder, se lo enviaremos por Mensajero urgente. Porque nuestro deseo es que consiga sus certificados del Registro Civil cuanto
antes y de la forma más eficiente. Le enviamos la documentación que nos solicite a cualquier país.
En cualquier parte del mundo
Tramitamos solicitudes de certificados ante los registros Civiles de España y ante cualquier consulado español en otro país.
Si lo necesita, incluimos la apostilla o la legalización de sus certificados
Si por cualquier razón necesita apostillar o legalizar sus certificados, sólo tiene que indicárnoslo.
Experiencia, seguridad y profesionalidad al alcance de un clic
Puede tener absoluta confianza en que realizaremos sus gestiones lo antes posible, y con todas las garantías.
Certificado de seguridad y encriptación web
Nuestra web dispone de un certificado SSL, con lo que la información siempre viaja encriptada. Máxima seguridad en sus datos.
Nuestro servicio de solicitud online de certificados en el Registro Civil de Almería
Nuestro servicio de gestión y tramitación de certificados online es independiente de cualquier administración pública. Con nuestra experiencia podemos hacer las gestiones necesarias para tramitar su solicitud de certificado de nacimiento, matrimonio o defunción en el Registro Civil de Almería.
Además, como servicios de valor añadido, podemos obtener la Apostilla para su certificado si lo necesita, para que surta efecto en otro país firmante del Convenio de La Haya, y legalizar su certificado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Si el nacimiento, matrimonio o defunción ha ocurrido en otro país y necesita su certificado, con nosotros puede obtenerlo y se lo enviamos a su domicilio siempre que el hecho haya sido registrado en cualquier Embajada o Consulado español en el extranjero o en el Registro Civil Central. Si ha nacido en España y reside en cualquier país extranjero y necesita su certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, se lo enviamos a cualquier parte del mundo.