Dirección: Avda. del Ingeniero Sáenz de Miera, 6, 24009, León , España.
Cómo llegar al Registro Civil León.
Puedes llegar al Registro Civil León en Autobús.
Líneas de Autobús: L4, L10, M5 C, M5 L.
Parada de Bus más cercana al Registro Civil de León.
Avenida Palencia sobre la altura del numero 3 se tarda caminando sobre unos 5 minutos. Líneas de Bus L4, L10, M5C, M5L.
Desde la Estación de Autobuses de León se tarda aproximadamente 2 minutos caminando.
Dese la Parada de Bus situada en la Avenida Palencia (RENFE) se puede ir andando al Registro Civil. Se tarda mas o menos 5 minutos. La líneas son L4, L10, M5 C y la M5 L.
Correo electrónico: registrocivil.leon@justicia.es
Teléfono: 987 895 153
Fax: 987 895 221
Abre de lunes a viernes desde las nueve de la mañana hasta las dos del mediodía.
El Registro Civil es un Organismo Oficial dependiente del Ministerio de Justicia que tiene por objeto publicar y colaborar en la verificación de los hechos y actividades que ocurren en la vida de las personas.
Como tal, su competencia comprende las prácticas registrales de nacimientos, matrimonios civiles varios, defunciones y tutelas, así como otros representantes legales.
El Registro de Civil también inicia y tramita documentos para la ciudadanía española y la adopción internacional, inscribe nacimientos y defunciones tardías, tramita cambios de nombre o apellido y corrige errores, obtiene presunciones simples, dona para trasplante, autoriza órganos vivos, inscribe defunciones, emite biografías, solterías , viudedad y acta de defunción.
¿Qué son los Juzgados de Paz?
Los juzgados de paz suelen ser órganos judiciales de primera instancia que funcionan a nivel local, se componen de un Secretario, funcionarios y el Juez de Paz, este último es elegido en el pleno del ayuntamiento del municipio en cuestión y siempre que obtenga la mayoría absoluta en la votación.
Posteriormente el cargo de Juez de Paz tomará posesión de su cargo cuando la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia lo apruebe. Estos juzgados tienen como objetivo resolver conflictos menores de forma rápida y sencilla, sin la necesidad de recurrir a un juzgado de mayor instancia, se pueden encargar del tema penal, civil y de Registros Civiles.
En materia de Registro Civil, un Juzgado de Paz hace las funciones delegadas en esta materia de Registro Civil, como inscripciones de nacimiento, matrimoniales o defunciones, en aquellas localidades donde no existen oficinas de Registro Civil o Juzgados de Primera Instancia.
Están inscritos en el Registro Civil de León:
Los trámites de los que se suelen encargar los Registros Civiles, en este caso el Registro Civil de León, son los siguientes:
Expediente de matrimonio Civil o de Capacidad Matrimonial
Inscripciones de Matrimonios Evangélicos
Inscripciones de Matrimonios Islámicos
Inscripción de matrimonio en el Registro Civil Central
Inscribir un Matrimonio Consular
Inscripción de Matrimonio Canónico celebrado en el ayuntamiento o ante notario.
Capitulaciones matrimoniales
Emisión de certificados. Certificados de Nacimiento, Matrimonio y Defunción.
Emancipaciones
Reconocimiento paterno
Rectificación de sexo y/o de nombre
Certificado de Fe de Vida y Estado Civil
Nacionalidad. Lo que se refiere a:
Conservación y recuperación de la Nacionalidad española
Juramento de la Nacionalidad
Nacionalidad española por simple presunción
Opción de Nacionalidad
Opción de Nacionalidad (Ley de memoria democrática)
Convenio de Nacionalidad entre España y Guatemala
Libro de familia
Traslado de inscripciones
Adopciones internacionales
Hay trámites en los que no es necesario a acudir en Persona al Registro Civil de León, para poder realizarlos, se pueden hacer de forma telemática, es el caso por ejemplo para la obtención del certificado de nacimiento, el certificado de matrimonio o el certificado de defunción. A través de nuestro portal puede usted obtenerlos, solo tiene que marcar el certificado que necesita, rellena un formulario con los datos que necesitamos y el documento se lo enviamos a su domicilio a través de mensajero.
Hay otras gestiones que sí es obligatorio dirigirse en persona al Registro Civil para poder realizarlos. En estos otros casos, antes de acudir a la oficina del Registro Civil, deberá solicitar cita previa, para estos casos, el Gobierno de España pone a disposición un portal online de la sede de las Administraciones públicas .
Una vez dentro del portal deberá elegir la oficina del Registro Civil donde quiere ir, en este caso León, a continuación deberá de seleccionar la gestión que quiere hacer, deberá elegir entre estas opciones:
Certificados. Para la obtención de los certificados, no es necesario desplazarse, a través de nuestro portal o a través del portal del Ministerio de Justicia, usted puede conseguirlos.
Inscripciones
Nacionalidad. Y dentro de este apartado le aparecerán estos otros:
Expediente para adquirir la Nacionalidad española
Jura de Nacionalidad española ya concedida de forma telemática (solicitudes posteriores al 8/11/2015
Nacionalidad en el supuesto de opción de Nacionalidad española cuando el interesado sea menor de 18 años o emancipado
Nota. Si la gestión que necesita no apareciera en el desplegable del portal online, le recomendamos que llame al Registro Civil para informase.
Todos estos datos son meramente informativos, si necesita más información o asegurarse que los datos están actualizados, puede dirigirse a los enlaces que aquí le mostramos o a los que usted considere o llame directamente al Registro Civil de León.
Hay varias formas de pedir el certificado de nacimiento, el de matrimonio o el de defunción: Presencialmente, por correo postal o de forma online a través de la Página del Ministerio, o de forma online, pero a través de nuestra plataforma. A continuación se lo explicamos:
Presencialmente. Acudiendo personalmente al Registro Civil o Juzgado Paz, se diría que es la forma más directa y efectiva, pero tiene el inconveniente que tiene que desplazarse, normalmente deberá pedir cita antes y en algunos casos después de acudir, el funcionario le puede decir que el trámite lo tiene que solicitar de forma online, o justificar una urgencia para que le den el certificado.
Por correo postal. Enviando una carta a la oficina del Registro Civil en la que se indique el nombre del solicitante y el número del documento de identidad, así como el nombre y apellidos de la persona inscrita en el Registro, así como la fecha del hecho. Este servicio es el menos efectivo puesto que no tendremos justificante de que la carta llegue a la oficina de ese Registro Civil o Juzgado de Paz y aunque en teoría este es un método válido, luego depende de cada encargado de esa Oficina, que es el que determina el método por el cual se le debe a portar los datos para la obtención de unos de esos certificados.
Por internet. Se puede solicitar en el portal del Ministerio de Justicia. No obstante, hay que tener en cuenta que el documento a solicitar en muchos de los supuestos la fecha del hecho debe de ser posterior al año 1950 y no todos los Registros Civiles y Juzgados de Paz en España tienen los datos digitalizados y por lo tanto, solamente una pequeña parte de los Registros Civiles y sobre todo los Juzgados de Paz, están disponibles para contactar con ellos a través del desplegable de la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Por último, y no menos importante, la información ha de ser lo más completa posible y sin errores y siempre tendrá que disponer del certificado digital y tener su ordenador preparado técnicamente para realizar estos trámites.
A través de nuestro servicio online https://www.registrocivilcertificados.online/ no se tienen que preocupar de nada de lo dicho en los casos anteriores, puesto que si el trámite lo realizamos nosotros, nada de esto es necesario.
Tampoco hace falta que disponga de su certificado digital. Para ello solo tiene que rellenar el formulario de nuestra página web y seguir los pasos que se le indica, es muy sencillo. El certificado se le hará llegar a su domicilio por mensajero
Existen varios tipos de certificaciones que se pueden solicitar ante el Registro Civil, dependiendo del trámite para el cual se nos pide:
Un certificado de nacimiento o también llamado partida de nacimiento, es un documento legal que acredita la fecha, lugar y circunstancias del nacimiento de una persona. En España, las partidas de nacimiento son expedidas por el Registro Civil y contienen información como el nombre completo de la persona, fecha y lugar de nacimiento, nombres de los padres, sexo del nacido, entre otros datos. El funcionario del Registro Civil irá reflejando en el libro de esa inscripción las circunstancias personales que vayan aconteciendo en la vida personal del inscrito, como puede ser la obtención del certificado para la obtención de DNI, el pasaporte, el matrimonio.
Un certificado de matrimonio es un documento legal que acredita que dos personas han contraído matrimonio, todos los datos referentes al enlace son inscritos por el encargado de la Oficina del Registro Civil donde ha tenido lugar la ceremonia. Suele contener información como los nombres de los contrayentes, el lugar y fecha de matrimonio, el nombre de los testigos etc. Igual que el certificado de nacimiento, en el de matrimonio se van apuntando en notas marginales las circunstancias que el de venir de los acontecimientos pueda sufrir cambios la relación matrimonial, como puede ser las capitulaciones matrimoniales o el propio divorcio, etc.
Un certificado de defunción es un documento oficial que certifica la muerte de una persona, informa de los datos personales del difunto, fecha y lugar del fallecimiento entre otros datos.
El fallecimiento puede deberse a las siguientes causas y a las circunstancias que determina el lugar del fallecimiento:
La inscripción de la defunción en el Registro Civil debe de realizarse por el centro sanitario donde ha tenido lugar el fallecimiento.
Si el fallecimiento ha sido fuera de estas instalaciones, pero la certificación de la muerte ha sido ratificada por un profesional de la medicina, será este que inicie el proceso de inscripción en el Registro Civil y emitirá el correspondiente certificado médico.
Por último, si no se dan las dos primeras circunstancias, es decir, que no ha sido atendido el difunto en la hora del fallecimiento por ningún profesional, será el familiar más cercano el que tiene obligación de iniciar los trámites para esa inscripción en el Registro Civil.
La declaración de defunción se presenta al Registro Civil con un certificado médico de fallecimiento o una orden judicial de inscripción.
El Registro Civil sí dará publicidad del certificado de defunción pero no el del certificado médico. Solo se atenderá la petición de la emisión del certificado médico a los familiares más directos.
La declaración de defunción se presenta ante Registro Civil con un certificado médico de fallecimiento o una orden judicial de inscripción, y además, los siguientes datos:
Entre muchas de las gestiones que debemos realizar cuando una persona de nuestra familia fallece, está también la de obtener el Certificado de Actos de última Voluntad y el Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.
Es el documento necesario para conocer si el fallecido ha dejado testamento o no y en la notaría donde está. Si el difunto sí ha dejado hecho testamento en vida, los herederos podrán pedir una copia para posteriormente realizar cualquier acto sucesorio. Si el difunto no hubiese dejado testamento, el certificado así lo expresará.
El trámite para la obtención del certificado de actos de última voluntad se puede obtener a través de internet siempre que la fecha del fallecimiento sea posterior al 2 de abril de 2009 y la inscripción de la defunción no esté en un Juzgado de Paz. Si no se cumple alguno de estos dos requisitos la gestión hay que realizarla presencialmente o por correo ordinario.
El certificado de actos de última voluntad no se podrá solicitar hasta pasados 15 días hábiles desde el día del fallecimiento.
El certificado de contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, es el documento acreditativo donde se muestra los contratos vigentes de seguros que la persona fallecida tuviese contratados y en que compañías.
La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Si no tuviese ningún seguro, el certificado así lo ratificaría.
Los Registros Civiles o los Juzgados de Paz, tienen asientos de los hechos registrales antes mencionados, nacimiento, matrimonio o defunción, a partir del año 1870.
Puede darse el caso, que si queremos obtener un certificado de nacimiento antiguo, nos diga el encargado de esa oficina, que el certificado, acta o partida solicitada, no se encuentra disponible, ya que se perdieron por un incendio, por la Guerra Civil española, inundaciones etc. En estos casos y si necesitamos imperiosamente el Certificado, se puede obtener, debemos de localizar la partida de Bautismo en la iglesia donde se bautizó. Si nos dijese el párroco que no la tiene localizada, seguramente que la hayan trasladado al Obispado de esa provincia.
Una vez que tengamos en nuestro poder la partida de bautismo, podemos presentarla en el Registro Civil de nuestra ciudad y se inscribirá fuera de plazo y el Certificado de nacimiento ya se podrá obtener. Si se diese el caso, no se preocupe, nosotros podríamos realizar esa gestión.
La Apostilla de la Haya, es un sello que coloca el Organismo correspondiente en algunos de los certificados antes mencionados y que certifica solo la autenticidad de la firma o el sello de ese documento.
Es preciso Apostillar estos documentos, cuando así lo requiera el Organismo competente del País, fuera de España, donde tenga que realizar cualquier trámite.
En el caso de los certificados a los que ya nos hemos referido anteriormente, el sello de la Apostilla, lo que certifica, es que la firma de la persona que ha plasmado su firma en ese documento, el encargado de ese Registro Civil o Juzgado de Paz, es el autorizado por el Ministerio de Justicia.
Nota: (Con ese sello, no se valora o ratifica el contenido del documento)
El documento apostillado deberá tener validez en cualquiera de los países firmantes del llamado Convenio de la Haya y por tanto, surtirá efectos en todos ellos. En el siguiente enlace se podrá comprobar la actualización de los países firmantes que se ya se han adherido a este convenio de la Haya.
El sello de la Apostilla de la Haya cuando se refiere a los certificados de nacimiento, matrimonio o defunción, lo plasma el Secretario de Gobierno del Tribunal de Justicia de la Comunidad Autónoma donde se haya producido el hecho.
Ventajas de usar nuestro servicio para obtener su certificado ante el Registro Civil de León
Solicitud sencilla, rápida y sin tener que pasar largas colas ni esperas
Gracias a nuestro servicio de gestión de solicitud de certificados, usted sólo tiene que preocuparse de rellenar el formulario y enviarnos la documentación pertinente. Del resto, nos ocupamos nosotros.
Envío por mensajero
En cuanto tengamos su certificado en nuestro poder, se lo enviaremos por Mensajero urgente. Porque nuestro deseo es que consiga sus certificados del Registro Civil cuanto
antes y de la forma más eficiente. Le enviamos la documentación que nos solicite a cualquier país.
En cualquier parte del mundo
Tramitamos solicitudes de certificados ante los registros Civiles de España y ante cualquier consulado español en otro país.
Si lo necesita, incluimos la apostilla o la legalización de sus certificados
Si por cualquier razón necesita apostillar o legalizar sus certificados, sólo tiene que indicárnoslo.
Experiencia, seguridad y profesionalidad al alcance de un clic
Puede tener absoluta confianza en que realizaremos sus gestiones lo antes posible, y con todas las garantías.
Certificado de seguridad y encriptación web
Nuestra web dispone de un certificado SSL, con lo que la información siempre viaja encriptada. Máxima seguridad en sus datos.
Nuestro servicio de solicitud online de certificados en el Registro Civil de León
Nuestro servicio de gestión y tramitación de certificados online es independiente de cualquier administración pública. Con nuestra experiencia podemos hacer las gestiones necesarias para tramitar su solicitud de certificado de nacimiento, matrimonio o defunción en el Registro Civil de León.
Puede realizar personalmente esa gestión y no le cobrarán nada. Si no puede o no quiere desplazarse al Registro Civil o Juzgado de Paz correspondiente, no se preocupe, nosotros nos ocupamos de realizar el trámite por usted. Tampoco necesita instalar el certificado digital en su ordenador para realizar esa solicitud online, solo tiene que rellenar el formulario que ponemos a su disposición pinchando en el enlace de nacimiento, matrimonio o defunción, según el certificado que necesite.
Además, como servicios de valor añadido, podemos obtener la Apostilla para su certificado si lo necesita, para que surta efecto en otro país firmante del Convenio de La Haya, y legalizar su certificado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Si el nacimiento, matrimonio o defunción ha ocurrido en otro país y necesita su certificado, con nosotros puede obtenerlo y se lo enviamos a su domicilio siempre que el hecho haya sido registrado en cualquier Embajada o Consulado español en el extranjero o en el Registro Civil Central. Si ha nacido en España y reside en cualquier país extranjero y necesita su certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, se lo enviamos a cualquier parte del mundo